PLAN FAMILIA

La Constitución Española establece en su artículo 39 como principio rector de la política social y económica la protección social, económica y jurídica de la familia. El mismo precepto concreta  algunos  de  los reflejos que esta obligación tiene  en lo  que  se refiere, especialmente, a los hijos/as y los padres y madres.

Plan Apertura Centros DocentesEn el cumplimiento de ese principio rector se ven implicados además otros derechos y principios que  también han tenido reflejo constitucional como:

  • El derecho a la educación.
  • La promoción del progreso social y económico.
  • El derecho a la protección de la salud.
  • La promoción del acceso a la cultura.
  • La necesidad de realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos/as físicos/as, psíquicos/as y sensoriales.
  • La promoción del bienestar de los ciudadanos/as durante la tercera edad mediante un sistema de servicios sociales que atienda sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

El DECRETO 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas establece las modalidades de participación de los centros educativos: aula matinal, comedor y actividades extraescolares. El IES Albujaira se acogió a la modalidad de actividades extraescolares.

En los artículos 16 y 17 del Decreto 137/2002 se especifican los aspectos más importantes del desarrollo de las actividades en los centros.

  • 1. Los centros docentes públicos de educación infantil, primaria y secundaria ofrecerán fuera del horario lectivo diferentes actividades de ocio, lectura, deporte, música, artes plásticas, educación para la salud, primeros auxilios, informática, idiomas y otras de naturaleza similar que aborden otros aspectos formativos de interés para los/as alumnos/as.
  • 2. Estas actividades extraescolares serán establecidas por cada centro docente en función de la demanda existente.
  • 3. La contribución de las familias al coste de los servicios de aula matinal y actividades  extraescolares se establecerá como precio público, de conformidad con la Ley 4/1998, de 5 de julio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • 4. En el supuesto de familias con ingresos que no superen lo establecido en la Disposición  Adicional Primera, se establecerá una bonificación según tramos de ingresos de la unidad familiar, que podrá alcanzar hasta el 100% del importe fijado.

El Plan de Apertura de Centros también ha incorporado la novedad de la apertura del Centro por las tardes los días lectivos de 16:00 a 20:00 horas.
Los fines de semana y días festivos el Centro se encontrará abierto por las mañanas de 9:00 a 14:00 horas y por las tardes de 16:00 a 19:00 horas.

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